martes, 2 de octubre de 2012

Indulto a Fujimori: Guillén y Nakasaki discrepan sobre procedencia del beneficio

Indulto a Fujimori: Guillén y Nakasaki discrepan sobre procedencia del beneficio
Ex fiscal del caso Fujimori, Avelino Guillén, y abogado César Nakasaki. (Fotos archivo El Comercio)
Ex fiscal dijo que hay jurisprudencia en contra por parte de la Corte IDH. Abogado de Fujimori señaló que indulto humanitario sí procede sin importar el delito

El ex fiscal del Caso Fujimori, Avelino Guillén, señaló hoy que la Corte IDH ya dictaminó la improcedencia de la amnistía o el indulto para los delitos de lesa humanidad.

En ese sentido, expresó su confianza en que el Ejecutivo desestimará conceder dicho beneficio al expresidente Alberto Fujimori, sentenciado a 25 años de cárcel por homicidio calificado y secuestro agravado, considerados delitos contra la humanidad, según estableció la sentencia de 25 años que se le impuso.

Guillén recordó que la Corte IDH anuló la amnistía otorgada a los miembros del grupo Colina en el 2001.

El ex fiscal agregó, en entrevista a TV Perú, que el gobierno de Ollanta Humala ya demostró que sí respeta las decisiones del tribunal internacional, en alusión al polémico fallo de la sala Villa Stein, que retiraba el calificativo de lesa humanidad para los crímenes cometidos por Colina. El Ejecutivo presentó una acción de amparo contra dicho fallo.

Además, Guillén consideró que Fujimori no puede acogerse al indulto humanitario porque él mismo ha dicho que no tiene cáncer terminal y que su granuloma ya fue controlado.

“NO IMPORTA EL DELITO”
A su turno, el abogado de Alberto Fujimori, César Nakasaki, señaló que “no hay una sola sentencia de la Corte IDH ni de otro tribunal internacional de derechos humanos que haya dicho que no procede el indulto humanitario”.

También precisó que el indulto puede ser de tres clases: común, humanitario y excepcional. “En el caso de secuestro no se podría solicitar el indulto común, pero sí procede el indulto humanitario sin importar la clase de delito, sea grande o pequeño”, afirmó en entrevista a RPP.

El letrado agregó que en el caso del indulto humanitario procede para enfermedades terminales y no terminales. En el segundo caso, si la enfermedad es grave y el encierro puede poner en peligro la vida y la salud del interno. La familia del ex mandatario considera que este último es su caso.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1476230/noticia-indulto-fujimori-guillen-nakasaki-discrepan-sobre-procedencia-beneficio


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