miércoles, 25 de septiembre de 2013

SOBRE LA FISCALIZACIÓN ADMINISTRATIVO LABORAL (Dra. Lourdes Chávez Dueñas [1])

SOBRE LA FISCALIZACIÓN ADMINISTRATIVO LABORAL
Dra. Lourdes Chávez Dueñas [1]                                                                          
A través de los años, la Fiscalización Administrativo Laboral ha sido objeto de diversas modificatorias en materia legislativa y en la aplicación de políticas laborales, sin que se logre obtener buenos resultados en términos cuantitativos y cualitativos, hasta la fecha.
No obstante, deberíamos preguntarnos si el problema radica en la normas laborales vigentes en un determinado tiempo, en el recurso humano, logístico o en factores de naturaleza política (entre otros)?.
Si lo analizamos objetivamente, lo planteado en parte es el resultado de la evolución o devenir y de las corrientes en materia laboral que ha vivido el país, amén de otros factores que reseñaremos. Así, antes de la Flexibilización Laboral se daba más énfasis y peso a la vigencia y cumplimiento de los derechos laborales, cuya defensa es inherente a los Sindicatos, y por ende tenía mayor énfasis la Fiscalización Administrativo Laboral integral, en términos cuantitativos y cualitativos. Con la Flexibilización Laboral la Fiscalización Laboral virtualmente quedó desarticulada o desmantelada, con la reducción del número de Fiscalizadores Laborales, Infraestructuras y de las Fiscalizaciones en sí, en términos cuantitativos y cualitativos.
Con posterioridad, los intentos por incrementar sólo cuantitativamente las cifras de Fiscalizaciones y Fiscalizadores no han solucionado tampoco el problema, porque hasta la fecha sólo se llega al 10% aproximadamente del universo de empresas formales (según cifras oficiales – Informes Anuales de la Inspección del Trabajo en el Perú, entre otros documentos), sin considerar las que no lo son, lo cual resulta larga y claramente insuficiente.
Así las cosas, empero encontrarnos en un período posterior a la Flexibilización radical, no se ha llegado a retomar y/o alcanzar el nivel de Fiscalización Laboral adecuado o que implique una garantía del cumplimiento de las obligaciones socio laborales, y que se sostenga en el tiempo, y sea por ende un mecanismo garantista de prevención de conflictos y de promoción de la paz social.
Conjuntamente con la influencia y rezagos de la Flexibilización Laboral encontramos otros factores como, en función al universo de empresas, insuficiencia numérica y técnico calificada de Fiscalizadores con experiencia adecuada suficiente, inadecuado planeamiento estratégico, y de utilización de los recursos humanos, logísticos y estratégicos; así como inadecuado marco normativo para la Fiscalización Laboral, que haga más expeditivo el Procedimiento de Fiscalización Administrativa Laboral; e inadecuada conducción técnico estratégica del mismo.
Por ello, en el marco de la Dación e implementación de la Ley del Servicio Civil, cuya razón de ser contenida en sí misma, a la par del ordenamiento en la Administración Pública, lo debe ser brindar servicios públicos eficientes y transparentes, la reciente creación de la SUNAFIL también representará un reto para medir si realmente se implementan todas las medidas y ajustes necesarios para garantizar adecuadas, expeditivas y transparentes Fiscalizaciones Administrativo Laborales.
El ciudadano o contribuyente, trabajador o empleador, reclama servicios públicos y procedimientos administrativo laborales que garanticen a la par que el respeto y cumplimiento de sus derechos fundamentales, la eficiencia, celeridad, imparcialidad, predictibilidad y transparencia en los mismos, por parte de todos los servidores públicos intervinientes y a cargo de ellos, en las diversas etapas que lo comprenden; por lo que la tarea es de mucha responsabilidad, preparación y exigencia, a fin de alcanzar las metas o estándares necesarios, que a su vez se sostengan en el tiempo y no sean una vez más, sólo un simbólico saludo a la bandera. 

[1]  Cargos desempeñados (más de 16 años de Ejercicio Profesional y en la Administración Pública): Magistrada, Directora de Trabajo de 2da. Instancia, de Inspección Higiene y Seguridad Ocupacional, Registros Generales, Sindicales, Prevención de Conflictos, etc. Consultora Laboral, Defensora Social, entre otros. Post Grados a Nivel Nacional e Internacional (Derecho Laboral, Administrativo, Constitucional, etc.). Doctorado en Derecho y CC.PP. Maestría en Derecho del Trabajo y Seg. Social, Diplomados, Cursos de Especialización, entre otros. Miembro de Comisiones Consultivas, etc.


No hay comentarios.: